Especial Plebiscito 2020

Privatización del agua

La Constitución actual trata al agua como bien privado, a pesar que en el Código Civil se define como de «uso público»

“Chile es el único país en el mundo que enfrenta la crisis climática con el agua privatizada”.

“Razones para votar Apruebo. Razón uno: el agua en Chile es privada. Esto significa, que el agua en Chile está en manos de los privados y no del Estado, como en el resto del mundo. Lo cual es avalado por nuestra Constitución en el artículo 19, inciso 24, que protege el derecho del agua de los privados. Una mierda. Por ende, la Constitución, más la ideología neoliberal, crea el código de aguas de 1981, el cual sigue vigente hasta hoy día. Y bueno, trae consecuencias negativas para el medio ambiente, produce sequías, hay animales muertos por falta de agua, gente sin agua potable y lo peor, es que las empresas privadas guardan el agua en piscinas, sin importarle el daño que causan al ecosistema. Lo peor es que nuestra Constitución lo avala”.

Tanto en la franja televisiva para el Plebiscito 2020, como en redes sociales, se ha mencionado que Chile es el único país en que el agua es privada. Esto no es cierto del todo, pues jurídicamente, el agua es un bien nacional de uso público, sin embargo, esta se termina privatizando en la Constitución.

Por Weiliang Li y Jorge Morales

En uno de los fragmentos de la franja televisiva del 3 de octubre, el Partido Ecologista Verde (PEV) afirmó que Chile es el único país que enfrenta la crisis climática con el agua privatizada. Frases parecidas sobre la administración de este recurso natural, también han aparecido en redes sociales como TikTok y Twitter. Sin embargo, esta información no es cierta del todo.

El Código Civil, establece en su artículo 595 que “todas las aguas son bienes nacionales de uso público”. Estos bienes son aquellos cuyo dominio pertenece a toda la nación, y su uso a todos sus habitantes, por ejemplo, las calles y las plazas.

Los bienes nacionales de uso público se caracterizan por estar fuera del comercio. Sin embargo, en la parte final del artículo 19, número 24 de la Constitución Política de Chile, se establecen derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, que otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos.

Eel Equipo de Factchecking.cl contactó al abogado constitucionalista, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y coautor del libro “La propiedad, el dominio público y el régimen de aprovechamiento de aguas en Chile”, Fernando Atria. A través de videoconferencia aseguró que el agua pasa a ser «un bien transable», es decir que se compra y/o vende. El “Código de Aguas, organiza el régimen de las aguas como un mercado”, asegura.

El director ejecutivo de la ONG FIMA Ezio Costa, explica que “esta es una manera diferente de privatizar, pero en la práctica es una privatización”.

Atria lo ejemplifica con una metáfora: “Imagínate que tu casa pasa a ser pública (un bien nacional de uso público) y que le damos a alguien el derecho de aprovechar tu casa para siempre, poder usarla, venderla y vender ese derecho. Entonces, jurídicamente diríamos que la casa es pública, o, mejor dicho, la casa es tuya, pero le vamos a dar a otro el derecho de aprovechamiento de tu casa. Luego tú me dirías: ‘está bien, jurídicamente yo soy dueño de mi casa’, pero en todos los sentidos que importan para la vida, es lo mismo que si no fuera tuya. Eso es exactamente lo que pasa con el agua”.

La abogada y directora de Formación y Servicio Público de IdeaPaís, Magdalena Ortega, no concuerda con las posturas antes mencionadas, ya que la privatización del agua no aparece de forma literal en la Constitución.

A pesar de esta diferencia, los tres abogados concuerdan en que lo que es privado no es el agua en sí misma, sino el derecho de aprovechamiento de aguas.

¿Es Chile el único Estado con el agua “privatizada”?

En la franja del Partido Ecologista Verde (PEV) se afirmó que nuestro país es el único en el que el agua es privada. Pero esta aseveración es repetida en las redes sociales. Por ejemplo, en la publicación de la usuaria @Katysoy_ en Twitter, también señala a Chile como el único país con el agua privatizada.

El diputado del PEV, Félix González, entrega más detalles sobre lo expresado en la franja televisiva de su partido:

“Cuando decimos eso, no nos referimos al agua potable que se cobra como servicio, nos referimos al Código de Aguas. No hay otro país que tenga un Código de Aguas como el de Chile, en donde los privados se quedan con el agua con perpetuidad y gratuidad, y que además el Estado no pueda hacer nada al respecto”.

En el artículo “Are water markets globally applicable?” del 2018, se afirma que California y Australia del Sur tienen modelos de administración del agua similares al de Chile. Es decir, está privatizada.

“Cuando tenía clases en Australia, siempre ponían a Chile como uno de los casos más extremos en cuanto a modelo de privatización del agua y de su aprovechamiento, o sea que es una situación en donde el uso del agua tiene la menor cantidad de restricciones que en cualquier parte del mundo”, cuenta Pía Weber, abogada del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) .

Pedro Glatz, Master en Ecología Humana, asesor de políticas ambientales y miembro del Centro de Análisis Socio Ambiental, complementa a Weber asegurando que si bien hay países que tienen mecanismos de mercado insertos dentro de la institucionalidad del agua, Chile tiene un par de características especiales.

«(Nuestro país) fue el pionero en este tipo de administración y la falta de capacidad institucional. Paralelamente se sobre otorgaban derechos de agua. Chile tiene una regulación prácticamente única en el mundo”, explica Glatz.

Ante el la investigación de Factchecking.cl podemos concluir que, primero,  el agua en Chile no es privada, pero debido al otorgamiento de derechos para su aprovechamiento, esta se convierte en un bien privado, ya que es transable en el mercado. Y, en segundo lugar, Chile no es el único país del mundo con agua privatizada, más bien, es el que entrega con más facilidad dicho recurso hídrico al sector privado.

 

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