Plebiscito de Salida 2022

Defensoría de las víctimas

La propuesta de la creación de una Defensoría de las Víctimas fue rechazada por la Convención Constitucional

"La Constitución de la Convención rechazó la propuesta de crear una defensoría para las víctimas de la delincuencia", franja televisiva del Rechazo 11 de agosto.

En la franja del Rechazo del 11 de agosto se emitió una frase diciendo que la Convención Constituyente rechazó la propuesta de crear una Defensoría para las víctimas de la delincuencia. La propuesta efectivamente fue rechazada, pero ello no necesariamente significa que las víctimas de delitos quedarán desprotegidas.

Por Rocío González y Nathalie Tello.

El día 11 de agosto se emitió en la franja del Rechazo para el plebiscito constitucional la siguiente frase: “La Constitución de la Convención rechazó la propuesta de crear una defensoría para las víctimas de la delincuencia”. 

El Equipo de FactChecking.cl verificó la frase con base en las votaciones que se realizaron en la Convención Constituyente, obteniendo como veredicto que la afirmación es verdadera, ya que el día 3 de mayo, los convencionales rechazaron la propuesta presentada el 18 de enero de 2022.

Defensoría de las Víctimas

El 18 de enero, el ex convencional Cristián Monckeberg, junto a algunos de sus pares de RN, Evópoli, Colectivo del Apruebo y Colectivo Socialista, presentaron una iniciativa que proponía la creación de una “Defensoría de las Víctimas”

Según la propuesta de norma, esta entidad entregaría un derecho irrenunciable a los individuos que sufrieron alguna clase de delito a recibir asesoramiento jurídico gratuito por parte del Estado, además contemplaba  la creación de un Servicio de Atención encargada de brindar asistencia personalizada. 

El Equipo de Factchecking.cl revisó los documentos disponibles de la Convención Constitucional y verificó que en la Sesión 94° de la Convención, la propuesta que incluía la creación de la “Defensoría de las Víctimas”  fue rechazada con 92 votos en contra, 47 a favor y 14 abstenciones. 

Votación indicación nº 48

 

El rol del Ministerio Público 

Para comprender si en la propuesta de nueva  Constitución existe un símil a la “Defensoría de las Víctimas” o si efectivamente se protege a las víctimas de delitos, el Equipo de Factchecking.cl consultó a expertos y expertas en el tema, quienes entregaron sus análisis al respecto. 

Sebastián Zárate, profesor de derecho constitucional de la Universidad Autónoma, dice que si la propuesta de nueva Constitución es comparada con la vigente, no se podría decir que el borrador, en aquella materia, es peor que la situación actual, ya que, en la actualidad no se dice nada respecto a las víctimas de la delincuencia.

“La situación actual claramente establece una función de protección de las víctimas al Ministerio Público, que cuenta internamente. Eso no depende de la Constitución, sino que está establecido en la ley. Además, dentro de las unidades en las que se ha organizado, hay una unidad específica de protección de las víctimas del Ministerio Público”, comenta.

En el artículo 365 de la propuesta de Nueva Constitución, se define al Ministerio Público como “un organismo autónomo y jerarquizado, cuya función es dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos que pudiesen ser constitutivos de delito”.

Entre dichas funciones, la entidad debe velar por el respeto y promoción de los derechos humanos, ejercer funciones jurisdiccionales y podrá impartir órdenes directas a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

En la actualidad, la Ley 19.640 establece que, dentro las funciones del Ministerio Público, está la “adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos”.

Por su parte, la abogada constitucionalista del Centro de Estudios Públicos, Magdalena Ortega, aclara que no es lo mismo una “Defensoría de las Víctimas de delitos que el Ministerio Público”, ya que la primera se encargaría de entregar herramientas y atención judicial a los querellantes, mientras que los fiscales, en cuanto representantes del Ministerio Público (y por ende del Estado), tienen otros factores que ponderar junto con los intereses de las víctimas.

“Eso no es lo mismo, es absolutamente distinto y está bien que así sea porque en el fondo el representante del Estado debe ser eminentemente neutro y tiene muchos otros principios que ponderar, más allá de la representación de los intereses de la víctima”, señala Ortega.

Conforme con Juan Carlos Gazmuri, abogado coordinador del movimiento No Más Víctimas, que la Convención Constitucional haya rechazado la propuesta de la Defensoría de las Víctimas significaría la “pérdida de una oportunidad”, pues consideran que Fiscalía no vela por los intereses de las personas afectadas por delitos. 

“Si bien el borrador consagra el derecho a la asesoría jurídica en forma genérica, eso ya está consagrado en el actual texto constitucional. Lo que acá se pedía era la creación de una institución que participara como actor permanente en el proceso penal. Y eso, inexplicablemente, fue rechazado”, dice.

Por su parte, el abogado y académico de la Universidad San Sebastián Carlos Cruz-Coke, opina que la propuesta rechazada por la Convención era importante, ya que permitía un servicio más profundo.

“La idea de la defensoría es de una institución dedicada a las víctimas que no solo se enfocara en el tema de defensa jurídica, sino que de manera integral para aquellos que han sufrido delitos”, explica Cruz-Coke.

En cambio, Sebastián Salazar, abogado constitucionalista y académico de la Universidad Alberto Hurtado, considera que la propuesta de nueva Constitución sí consagra una protección a las víctimas de delincuencia.  

“(La propuesta constitucional) Consagra esta posibilidad en el artículo 296 inciso 2, en que va a existir una Política Nacional de Seguridad Pública que, de una forma, va a ordenar de manera político y estratégica el tema de la seguridad y ahí obviamente habrán elementos referente a la protección de víctimas que se puede implementar por lo tanto hay estos mandatos a la política pública para desarrollar adecuadamente (esa protección)”, asegura Salazar. 

El Equipo de FatctChecking.cl también consultó al abogado y profesor de derecho penal de la Universidad Santo Tomás, Rodrigo Medina, quien opina que la creación de una Defensoría de las Víctimas no aportaría un elemento relevante al proceso penal, ya que el Ministerio Público debe acoger la obligación de reparación, información y protección hacia las víctimas.

“Hay que señalar que los intereses de las víctimas  no son atendidos necesariamente por el Ministerio Público, aunque existe una obligación de reparación, de información y protección que el Ministerio Público sí puede y debe acoger. Yo no creo que  una Defensoría de víctimas cree un elemento relevante en el proceso. Hay aspectos de los intereses de la víctima que sí pueden ser atendidos por el Ministerio Público  aún no siendo el Fiscal el abogado de ellas”, dice.

Según la investigación realizada por el Equipo de Factchecking.cl, la afirmación que señala que “la convención de la constitución rechazó la propuesta de crear una Defensoría para las víctimas de la delincuencia”, difundida en la Franja por el Rechazo este 11 de agosto es verdadera, ya que la iniciativa fue presentada el 18 de enero de este año, y fue rechazada por la convención el 2 de mayo según los documentos obtenidos a través de transparencia activa.

Aunque las opiniones de los expertos discrepan respecto de si rechazar la defensoría fue o no fue una buena medida, sí coinciden en que el Ministerio Público aún así tiene obligaciones para con las víctimas, si bien no necesariamente vela por sus intereses, por lo que el que la Defensoría se haya rechazado no significa que las personas quedarán desprotegidas al momento de tomar acción judicial cuando han sido víctimas de algún delito.

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