Candidato José Antonio Kast

Convención Constitucional

La Convención Constitucional no ha presentado iniciativas para cambiarle el nombre a Chile

"Y he visto cómo quieren cambiar el nombre «República de Chile»"

El candidato presidencial José Antonio Kast aseguró en una de sus franjas “haber visto cómo quieren cambiar el nombre “República de Chile”, aludiendo a la Convención Constitucional, sin embargo, no se han presentado propuestas en la institución para cambiarle el nombre al país por lo que la afirmación es falsa.

Por Cinthya Gómez

Durante la franja presidencial transmitida el jueves 28 de octubre llamada ¿Extremo en qué?, el candidato del Partido Republicano, José Antonio Kast, sostuvo haber visto cómo quieren cambiar el nombre “República de Chile”, haciendo referencia al actual trabajo de la Convención Constituyente.

La afirmación es falsa, pues actualmente no se han presentado iniciativas para cambiarle el nombre al país y según los expertos la única propuesta formal que hay ingresada es una respecto al derecho a la vivienda.

En el artículo 61 del Reglamento General de la Convención Constitucional se definen las comisiones temáticas como los “órganos colegiados para tratar una o más materias en la esfera de su competencia y cuya finalidad es estudiar, deliberar y aprobar propuestas de normas constitucionales”.

De las siete comisiones, ninguna habla o hace referencia a estar encargada de un posible cambio de nombre de la “República de Chile”.

El Equipo de Factchecking.cl consultó a la institución vía correo electrónico qué comisión es la encargada de ver estos temas y nos respondieron que “lo relativo a la determinación de cualquier cambio en la “República de Chile”, creemos que debiera ser objeto de la competencia de la Comisión de Principios Constitucionales”.

Nos contactamos vía WhatsApp con la convencional Ericka Portilla Barrios, una de las coordinadoras de dicha comisión, quien asegura que “esto no ha sido discutido, pues nadie ha ingresado una propuesta de norma constitucional que tenga este propósito”.

Beatriz Sánchez, la otra coordinadora de la Comisión de Principios Constitucionales manifestó que “puedo afirmar tajantemente que no ha llegado ninguna propuesta en ese sentido, porque aún a la comisión no ha llegado ninguna propuesta de norma”.

“Hasta ahora solo se ha presentado una propuesta de norma constitucional y es esta idea del derecho a la vivienda digna. No hay otras propuestas sobre ningún tema porque recién el 8 de noviembre partió el plazo que la misma convención se dio en el Reglamento General”, confirma Roberto Cárcamo, profesor de derecho constitucional en la Universidad Mayor expresa.

El tercer párrafo del artículo 88 del Reglamento General de la Convención Constitucional trata la elaboración de propuestas de normas constitucionales: “Ellas serán analizadas por estas instancias -comisiones temáticas- en las sesiones dispuestas para la discusión de la materia respectiva, según el cronograma de trabajo definido por la respectiva comisión, considerando lo establecido en el cronograma general”.

Según el cronograma de la Convención, el periodo de recepción de iniciativas se abrió el 8 de noviembre, es decir, 11 días después de la transmisión de la Franja presidencial del candidato del Partido Republicano.

Nicolás Santa María, asesor del constituyente de Independientes No Neutrales Benito Baranda y especialista en derecho constitucional asegura que: “Hasta el momento la única propuesta formal de un artículo de la Constitución es una que se ingresó el día de ayer que es de derecho la vivienda, entonces el falso decir que hay propuestas de cambiar el nombre de Chile o de cambiar el carácter de república”.

La constituyente Ericka Portilla nos confirmó que esa es la única propuesta que se ha ingresado hasta el momento.

“Es una iniciativa que tiene que ser revisada por la mesa de la Convención respecto de si cumple o no con los requisitos de formalidad”, agregó Portilla.

Desde la oficina de comunicaciones de la Convención explicaron que se dará cuenta de la propuesta en el sitio web una vez que se realicen los siguientes pasos detallados en el Reglamento General: examen de admisibilidad, paso por la Mesa Directiva y luego de se cuenta al Pleno.

No se ha propuesto cambiar el nombre del país en la Convención Constitucional, pero tampoco es posible

El artículo 135 de la Constitución actual sostiene que: “El texto de nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”

Esto significa que hay un límite y no es posible modificarlo.

“Hoy existen dos grandes límites para la Convención: el artículo 135 de la Constitución actual y el Reglamento General de la Nueva Constitución”. En ese sentido, cambiar el carácter de la república significaría que el país se convirtiera, por ejemplo, en una monarquía. Y eso, no lo tiene permitido realizar la nueva Constitución”, explicó el abogado Santa María .

Sin embargo, según el profesor de derecho constitucional, Roberto Cárcamo, sí sería posible cambiarle el nombre -y no el carácter de república- al país.

“Por cierto que la Convención Constitucional le puede cambiar el nombre oficial del Estado, pero tendrá que ver si es que una propuesta como esa, si es que fuera incluida, es aceptada”, comenta.

Eso sí, que quede claro: que una propuesta sea aceptada no significa que se incluya en la nueva Constitución. Una eventual propuesta para cambiar el nombre oficial del Estado de Chile tendrá que seguir ese camino: discutirse en comisión, discutirse en pleno, ser aprobada en pleno.

“Para ser incluida en el texto que armonizará la propuesta (realizado por la comisión que tiene esa misión) y para tener vigencia, tendrá que ser ratificada esa nueva Constitución por el pueblo que será convocado para aprobar o rechazar ese texto de nueva Constitución”, explica Cárcamo.

¿Y qué dicen los convencionales? ¿Ha sido tema el cambio de nombre?

El Equipo de Factchecking.cl intentó comunicarse con el candidato José Antonio Kast para aclarar su afirmación, sin embargo, no obtuvo respuesta.

Los convencionales, sin embargo, han aclarado la situación. La mayoría asegura que nunca se ha hablado de cambiar el nombre al país. Puedes ver la recopilación de opiniones en el siguiente gráfico.

Como aseguró la constituyente María Cecilia Ubilla, los dichos del candidato hacían referencia a una discusión que se generó por el primer artículo del Reglamento en el que se lee:

La Convención Constitucional es una asamblea representativa, paritaria y plurinacional, de carácter autónomo, convocada por el pueblo de Chile para ejercer el poder constituyente originario. La Convención reconoce que la soberanía reside en los pueblos y que está mandatada para redactar una propuesta de Constitución, que será sometida a un plebiscito.

Respecto a eso, el profesor de derecho constitucional, Roberto Cárcamo, explica que el hecho de cambiar la palabra “República” por “pueblo” en ese artículo “lo que busca es resaltar que actúan en representación de quienes formamos la población del Estado y por otro lado que esa población, o dentro de esa población conviven distintas visiones culturales y, por lo tanto, es un estado pluricultural, sea que lo asume en su constitución o no”.

Por lo tanto, la afirmación del candidato presidencial José Antonio Kast respecto de que la Convención Constitucional quiere cambiar el nombre “República de Chile” es falsa, ya que las propuestas comenzaron en una fecha posterior a la que el candidato hizo la declaración y el cambio de nombre no ha sido una propuesta dentro de la institución.

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