Especial Plebiscito 2020

Voto migrante

El RUT por sí solo no permite a los migrantes votar

“AMIGOS NO SE SI SERA VERDAD. PERO YO TENGO VARIOS COMPAÑEROS DE TRABAJO VENEZOLANOS. Y MUCHOS ESTAN ILEGALES ACA EN CHILE ASI COMO OTROS EMIGRANTES. Y ME CONTARON QUE LES VAN A DAR RUT CHILENO LO MAS PRONTO POSIBLE. QUE QUEDE CLARO NO ESTOY DISCRIMINANDO PERO JUZGEN USTEDES MISMO SI SE LOS ANTES DE 25 DE OCTUBRE ELLOS TIENEN DERECHO A VOTAR Y ELLOS POR LO QUE CONVERSO VAN TODOS POR EL RECHAZO. YA QUE EN SU PAIS PASO LO MISMO. QUE OPINAN". Publicación de Facebook.

Una publicación en redes sociales alertaba sobre la entrega anticipada de RUT a extranjeros y cómo esto les habilitaba para votar rechazo en el plebiscito del 25 de octubre. Esta información es falsa: el Registro Civil asegura que el proceso se ha ralentizado, la Constitución actual no considera el RUT como uno de los requisitos para poder sufragar y no hay estudios que prueben cuál es la tendencia política de los migrantes para el Plebiscito.

Por Cinthya Gómez

El pasado cuatro de octubre Mona Carvallo Muñoz publicó en el grupo de Facebook “#PlazaDignidad #YoApruebo #ConvencionConstitucional”, que no estaba segura, pero sus compañeros de trabajo venezolanos le habían contado que les estaban dando el RUT lo antes posible para así poder participar en el plebiscito del 25 de octubre. Además, escribió que, por lo que ella había conversado, todos los venezolanos votarían rechazo. Al día siguiente, luego de generar muchos comentarios xenófobos, desinformativos y otros tantos que acusaban la publicación de falsa, el post fue eliminado.

El Equipo de Factchecking.cl intentó comunicarse con la autora de la publicación, pero no recibió respuesta. En este artículo, revisaremos por qué podríamos considerar esta frase como ciencia ficción y abordaremos lo que las expertas señalan como “problemas institucionales” en torno al voto migrante.

Identificación para personas que viven en Chile

El 15 de febrero de 1969 el Diario Oficial publicó el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, que establece la creación del Rol Único Tributario (RUT) y las normas para su aplicación. En ese documento, se señala que, en términos generales, la creación del RUT se hace para “establecer un sistema que permita identificar a todos los contribuyentes del país y mantener un control del cumplimiento tributario”.

Según Julián Dittus, abogado de Vivir en Chile, un equipo legal y contable especializado en inmigración, en Chile el RUT, el Rol Único Nacional (RUN) y el número de cédula de identidad (CI) son coincidentes para las personas naturales. A los extranjeros, el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile les entrega este documento una vez que el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del Ministerio del Interior y Seguridad les haya otorgado una visa.

El Equipo de Factchecking.cl se comunicó con el Registro Civil para consultar si efectivamente se están otorgando los RUT con más rapidez. Sin embargo, la institución aseguró que, dada la situación actual de pandemia, el tiempo de entrega de la CI (y por tanto RUT) para extranjeros, se extendió de 18 a 30 días hábiles. Contrario a lo que se mencionaba en la publicación de Facebook.

Fernanda Stang, académica e investigadora del Centro de Investigación en Ciencias Sociales y Juventud de la Universidad Católica Silva Henríquez, indicó que los casos de venezolanos con los que me he vinculado en el trabajo de terreno en los últimos meses, y las numerosas consultas que nos llegan por rechazos arbitrarios de visado, dan cuenta de un escenario opuesto al que se describe en el post”.

¿Qué relación tiene el RUT con el voto?

En términos simples: ninguna.

El abogado Julián Dittus, explica que “lo que se debe tener claro es que las reglas relativas al sufragio tienen carácter constitucional”. En Chile, por tanto, es el “Capítulo II: Nacionalidad y Ciudadanía” de la Constitución el que señala quienes pueden votar y bajo qué requerimientos.

Como podemos ver en la infografía, el RUT no es un requisito a la hora de obtener el derecho a sufragio. Aun cuando los extranjeros tengan un RUT por residencia temporaria, no podrían votar sin cumplir los cinco años de avecindamiento en Chile.

Por otra parte, según la Ley N°18.556, la lista o padrón definitivo de electores debe estar publicada 60 días antes de las elecciones por el Servicio Electoral de Chile (Servel). Por lo que “la hipotética entrega de documentos no tendría ninguna implicancia en esta ocasión”, señala Fernanda Stang, quien cree que “eso deja en evidencia la intencionalidad de movilizar sentimientos xenófobos a través de esta fake news”.

Con esta información podemos decir que es totalmente falso que solo el RUT es el responsable de conceder el derecho a voto. De la misma forma, es falso que el proceso de entrega de ese documento se esté haciendo más rápido de lo normal. Al contrario, se ha ralentizado.

Percepciones, no realidades

Según los datos del Servel, es una realidad que hay 14.796.197 electores habilitados para sufragar en el Plebiscito 2020. De ellos, 78.829 serían extranjeros, y sólo 7.148 tendrían nacionalidad venezolana. Eso corresponde solamente a un 1,6% del total de población venezolana residente en Chile hasta el 2019, según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

Sin embargo, según Neida Colmenares, politóloga, doctora en Gobierno y Políticas Públicas y directora de Ciencia Política de la Universidad Central (UCEN), hablar de “que todos los venezolanos votan rechazo”, no es una realidad, es una percepción.

La experta afirmó en conversación telefónica con el Equipo de Factchecking.cl que hasta el momento no existen estudios o encuestas que señalen cuáles son las preferencias políticas de la comunidad inmigrante venezolana en Chile.

La cientista política cree que ciertos actores políticos han instrumentalizado la situación de los inmigrantes venezolanos a fin de “situar a la comunidad en el Apruebo o en el Rechazo para favorecer las propias agendas de discusión política nacional”, dice.

Comparar peras con manzanas

Chile y Venezuela no son los únicos países que han impulsado procesos constituyentes en el último tiempo. Entre 1990 y 2015, 100 países han cambiado su Constitución de acuerdo a los datos entregados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en el documento de análisis comparado “Mecanismos de cambio constitucional en el mundo”.

“Ningún proceso constituyente es ideal, se construye en base a factores contextuales y coyunturales de los propios países, entonces estaríamos haciendo premoniciones bajo ningún argumento lógico al decir que nuestro proceso constituyente va a ser igual que el de Venezuela”, menciona Eva Garrido, politóloga, profesional del área de incidencia y estudios del Servicio Jesuita a Migrantes y responsable de la campaña #TodxsParticipamos, una iniciativa que busca incentivar la participación política de personas migrantes en el proceso constituyente. “¿Por qué no podría ser igual al de Islandia, Ecuador, Bolivia, etcétera? es comparar peras con manzanas”, comenta .

“Cuando uno utiliza la experiencia comparada para politizar la agenda electoral en torno al momento constituyente, ahí es donde se genera una distorsión”, explica la politóloga Neida Colmenares. Para ella, la situación actual de crisis política y humanitaria que atraviesa Venezuela no se generó porque hubo una nueva Constitución, además comenta que, según distintos informes de las Naciones Unidas, Venezuela está atravesando por un estado de quiebre institucional “y eso en ningún caso se puede comparar con Chile”.

Además, las expertas concuerdan en que hablar del término “Chilezuela” para referirse a que lo que ocurre en Venezuela podría pasar en Chile, no es válido. De hecho, según la experta del SJM, Eva Garrido, generar una comparación entre ambos países “es simplemente una forma de discriminar e infundir terror o miedo respecto del proceso constituyente, sobre todo cuando Venezuela tiene actualmente una crisis humanitaria que responde a factores institucionales, sociales y culturales muy distintos a los de Chile”.

La invisibilización del voto migrante: una discriminación institucional

Para la académica investigadora Fernanda Stang, es necesario aclarar que los migrantes que no logran acceder a una visa no son ilegales, sino que se encuentran en situación irregular, ya que, “no se está violando la legalidad o cometiendo un delito, se trata a lo sumo de una falta administrativa, a la que los conduce el Estado a partir de las barreras que pone a la migración”.

En diciembre del año pasado, el presidente del Servel, Patricio Santamaría comunicaba por Twitter, que los extranjeros no participarían en el plebiscito del 25 de octubre. La información tuvo que ser desmentida más tarde por la Mesa Técnica del Servel, porque como vimos al comienzo del artículo, los extranjeros tienen derecho a voto según la Constitución.

Para la politóloga Eva Garrido, esas palabras dieron cuenta de una discriminación institucional hacia los inmigrantes, donde se demostraba que “no hay ninguna disposición desde las instituciones o incluso desde la sociedad civil, para poder impulsar el voto migrante o visibilizar sus voces”.

Además, los expertos acusan problemas en la habilitación automática del voto extranjero porque “por desgracia es algo común que el Departamento de Extranjería no envíe los datos al Servel de aquellas personas que cumplen los requisitos”, asegura el presidente de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes en Chile, Héctor Pujols, quien ha acompañado diversas solicitudes de rectificación al Servel para poder incorporar a inmigrantes que por error (o tardanza en el traspaso de datos, como acusan los expertos), no estaban considerados en el padrón.

La cientista política Eva Garrido, afirmó que “si las instituciones estuvieran comprometidas o tuvieran la voluntad para poder promover la participación migrante, entonces estos procesos serían mucho más transparentes, expeditos y claros”.

Todas las expertas mencionadas en este artículo concuerdan en la importancia del voto y la voz migrante para el proceso constituyente. Para ellas, su incorporación permite una constitución más democrática, real, legítima, participativa y estable.

Con toda la información entregada en este artículo podemos afirmar que la publicación hecha en el grupo “#PlazaDignidad #YoApruebo #ConvencionConstitucional”, es totalmente falsa, y tiene más asidero en el campo de la ciencia ficción que en la realidad.

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