Fact Checking a la Cuenta Pública 2021

Enfermedades Catastróficas

El Gobierno sí envió al Congreso un Proyecto de ley que crea el Seguro de Enfermedades Catastróficas, pero este aún sigue en tramitación

"Para evitar que una enfermedad costosa se transforme en una catástrofe financiera para las familias, enviamos a este Congreso un Proyecto de ley que crea el Seguro de Enfermedades Catastróficas". Presidente de la República, Sebastián Piñera.

El Gobierno ingresó en 2019 un proyecto de ley que busca crear un Seguro de Enfermedades Catastróficas en beneficiarios de los tramos B, C y D de Fonasa, sin embargo, a pesar de estar con "suma urgencia" está a la espera de ser discutido y aprobado en el Senado.

Por Javiera Mateluna Cuadra

La tarde del 1 de junio, el presidente Sebastián Piñera dio lo que sería la última Cuenta Pública de su segunda gestión. En la locución, el mandatario anunció que «enviamos a este Congreso un Proyecto de ley que crea el Seguro de Enfermedades Catastróficas».

Efectivamente, en el marco del programa “Clase Media Protegida”, el 27 de mayo del año 2019, los ministerios de Hacienda, Salud, y de Desarrollo Social y Familiar ingresaron al Congreso un proyecto de ley que crea el Seguro de Salud Clase Media para el financiamiento de intervenciones quirúrgicas y tratamientos de enfermedades graves, también llamado “Seguro de Enfermedades Catastróficas”. 

Fuente: Cámara de Diputados y Diputadas

 

¿A quiénes beneficiaría?

A través de esta iniciativa se busca proteger financieramente a los afiliados y beneficiarios de prestaciones de salud pertenecientes a los tramos B, C y D de Fonasa.

El equipo de Factchecking.cl accedió al documento que fue ingresado al Congreso con la propuesta. En él se explica que las prestaciones se otorgarían a través del programa de libre elección de Fonasa, donde los beneficiarios de los tramos anteriores tienen la posibilidad de elegir atenderse en prestadores públicos o privados. 

En el documento, también se especifica que el gasto máximo al año se fijaría a partir del valor anual de la línea de pobreza mensual para un hogar de tamaño promedio, correspondiente a $3.011.381, según lo establecido en el “Decreto 2” de la ley N° 20.850, conocida como “Ley Ricarte Soto”.

¿Qué prestaciones incluiría?

En el proyecto, las intervenciones y tratamientos incluyen el conjunto de prestaciones necesarias e indispensables para una “resolución integral del problema de salud cubierto”. Esto considera la cobertura de medicamentos e insumos hospitalarios, honorarios médicos, hospitalizaciones, y las complicaciones post hospitalarias hasta 30 días posteriores a la cirugía, de acuerdo a la indicación médica respectiva.

Para el médico y especialista en Salud Pública, Rubén Alvarado, existen otras opciones más necesarias y efectivas que este proyecto.

“Me parece bueno buscar soluciones para que se reduzca el costo privado de las personas, pero creo que la forma de hacerlo serían partidas presupuestarias específicas para atender lo que serían enfermedades de alto costo. Habría que proveerlas con programas específicos. No me parece que se haga a través de un seguro”, opinó el doctor.

La iniciativa establece un monto máximo de pago por parte del afiliado, equivalente al 40% del total de los ingresos anuales del grupo familiar, divididos por cada uno de sus integrantes. Además, en ningún caso el monto que cubrirá el afiliado podrá ser inferior al 40% de 12 veces el ingreso mínimo mensual vigente a la fecha de la activación. 

Por ejemplo, si en un grupo familiar de cuatro personas el único sustento gana $800.000 al mes ($9.600.000 al año), el monto máximo de pago por la prestación –el 40%– serían $3.840.000. Los gastos que excedan a este tope serían financiados por Fonasa.

Para el experto en Salud Pública, Claudio Castillo, este seguro podría significar un apoyo para el financiamiento de los beneficiarios. No obstante, no deja de ser una solución provisoria.

“Un seguro complementario hoy día se considera como un mecanismo temporal para responder a la necesidad de disminuir el gasto de bolsillo de las personas”, aseguró.

¿Qué faltaría para que sea ley?

El equipo de Factchecking.cl accedió al boletín de tramitación del proyecto en el Congreso. Ahí se explica que este fue ingresado el 27 de mayo de 2019 a la Cámara de Diputados. El 24 de octubre fue discutido en la Comisión de Salud y al día siguiente en la Comisión de Hacienda. El 29 de octubre fue aprobado con 78 votos a favor, 58 en contra y 6 abstenciones, por lo que se ingresó al Senado, o cámara revisora

A partir del 5 de noviembre de ese año, la iniciativa inició su segundo trámite constitucional. El 18 de marzo de 2020 el informe fue discutido por la Comisión de Salud, y luego, el 5 de mayo, por la Comisión de Hacienda.

Hasta hoy, sigue en estado de discusión general en esta última comisión a la espera de que se defina a cabalidad el articulado del proyecto. De ser aprobado en su totalidad en el Senado, quedaría ser enviado al presidente de la República para su promulgación.

A partir de su última discusión el 5 de mayo del año 2020, no ha habido otras instancias de revisión del documento en alguna de las comisiones. Desde el Gobierno se ha reiterado más de 20 veces el estado de suma urgencia, pero la iniciativa continúa estancada.

Por todo lo mencionado anteriormente, la verificación sería creíble, pero el proyecto ingresado por el Gobierno aún se encuentra en proceso de tramitación. A pesar de que está en segundo trámite constitucional y que se ha establecido con el carácter de “suma urgencia”, la iniciativa sigue a la espera de ser aprobada por el Congreso.

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