Fact Checking a la Cuenta Pública 2021

Nueva Ley de Migración

Contrario a los dichos del presidente Piñera, la Nueva Ley de Migración necesita todavía un año para entrar en vigencia

“Por eso, impulsamos una Nueva Ley de Migración, que ya está en plena vigencia y que permite la migración legal, beneficiosa para nuestro país. Y busca impedir la migración ilegal o basada en engaños o falsedades, y por supuesto, impedir la migración de personas con antecedentes delictuales”. Presidente de la República, Sebastián Piñera.

Durante la Cuenta Pública Piñera afirmó que la ley se encuentra ya operativa, sin embargo, todavía no se ha publicado el reglamento necesario para que entre en vigor.

Por Catalina Echeverría y Emilia Rodríguez

En el marco de la Cuenta Pública 2021, el presidente Sebastián Piñera se refirió a la Nueva Ley de Migración y Extranjería o Ley 21.325 y aseguró que hoy se encuentra en plena vigencia. Sin embargo, si bien esta fue promulgada el pasado 11 de abril, aún requiere la publicación del Reglamento de Migraciones para funcionar. Para esto, según la propia norma en su artículo décimo, establece un plazo de un año, de modo que lo expresado por el presidente no es creíble. 

Según el abogado constitucionalista, Martín Canessa, también patrocinante del requerimiento en contra de la nueva Ley de Migraciones del gobierno, “el único artículo que se encuentra verdaderamente en vigor es el artículo octavo transitorio, que dispone la apertura del proceso de regularización extraordinario. Todas las demás normas están promulgadas y publicadas, pero no han entrado en vigor. En su lugar, sigue vigente el Decreto Ley 1.094 de 1975.”

En esta misma dirección, el cientista político y coordinador de Investigación Centro de Estudios Internacionales UC (CEIUC), Diego Rojas, enfatizó también en que la ley no está en la etapa del proceso que aseveró el presidente: “Muchas veces una ley, aún cuando se encuentre promulgada, es estéril si no existe dictado un reglamento. Por lo que no se podría decir que está en vigor, si bien está promulgada, no está completamente operativa si no existe tal reglamento”.

El Equipo de Factchecking.cl se puso en contacto con el Ministerio del Interior y  la Subsecretaría del Interior, sin embargo, para el cierre de esta nota no se recibieron respuesta a las solicitudes. 

¿De qué trata el único artículo vigente de la ley?

El artículo octavo transitorio de la Nueva Ley de Migración, permite solicitar a los extranjeros irregulares que ingresaron al país por pasos habilitados antes del 18 de marzo de 2020, un visado de residencia temporal sin ser sancionados, esto dentro de un plazo de 180 días desde la publicación de la ley.

Este visado se otorgará a quienes no presenten antecedentes penales. Ya realizada la solicitud, obtendrán un permiso temporal para ejecutar actividades remuneradas durante el tiempo que demore su tramitación.    

También autoriza la salida del país a extranjeros que ingresaron por pasos no habilitados, sin que se les aplique sanción ni prohibición de ingreso al país, dentro del plazo de 180 días desde la publicación de la norma. Tales extranjeros, después de su salida podrán ingresar al país o solicitar residencia temporal, conforme a la normativa aplicable.

 Las principales reformas de la Nueva Ley de Migraciones

El presidente Sebastián Piñera sostuvo durante su discurso, que, debido a “un aumento descontrolado” en la migración irregular, era necesario poner “orden en nuestra casa.” Por esa razón, desde el año 2018 que el gobierno ha estado impulsando una agenda migratoria enfocada en el freno del ingreso por pasos no habilitados. Esto ha significado mayor control en pasos fronterizos, la ejecución de deportaciones colectivas a través de vuelos comerciales en dirección a Venezuela y Colombia y la reacción de diversas organizaciones pro migrantes. 

Según cifras del INE, durante el 2020 se dio un aumento del 19% en la población de extranjeros viviendo en Chile, llegando a un total de 1.492.522. El Servicio Jesuita Migrante, a través de una solicitud de transparencia a la Policía de Investigaciones, consultó la cifra de ingresos clandestinos reportados hasta la fecha. En el informe, se observa un total 16.848 ingresos durante el 2020 y 13.648 hasta le fecha del 2021. Estos datos han sido recopilados a partir de las autodenuncias presentadas, de modo que el número puede ser aún mayor. 

La Nueva Ley de Migraciones y Extranjería fue promulgada el 11 de abril de este año, luego de casi 8 años de tramitación en el Congreso. Esta norma reemplaza al anterior decreto 1094 que data del año 1975. 

Los cambios principales que se que la ley propone son:

  1. La desintegración del actual Departamento de Extranjería por el nuevo Servicio Nacional de Migraciones y sus Direcciones Regionales.
  2. Se prohíbe que quienes ingresen al país con visa de turista la cambien por una de residencia.
  3. Se requiere de visa consular para ingresar al país, es decir que las personas migrantes que deseen entrar a Chile deben tramitar en su país de origen, previo a su llegada, su documentación ingreso con intención declarada. Se le permite así una situación regular, con visa y RUT. 
  4. Se facilitan las expulsiones administrativas para quienes hayan cometido delitos o hayan ingresado por pasos no habilitados. A esto se le suma la ejecución de un programa extraordinario de regularización de migrantes, para quienes ingresaron a Chile hasta el 18 de marzo de 2020.

La directora nacional del Servicio Jesuita Migrante, Waleska Ureta, manifestó que la nueva ley al contrario de lo propuesto, más bien incentiva el ingreso irregular al país y por lo tanto una mayor precarización. Según postula, “cumplir con el artículo octavo transitorio, requiere de recursos, pues las personas deben retornar a sus países, muchas veces lugares donde son perseguidos y sufren de extrema pobreza.” A esto se suma el abogado constitucionalista, Martín Canessa, y argumenta que no es un mensaje claro y tampoco es una medida eficiente endurecer las restricciones contra migrantes que vienen de países que el mismo gobierno a catalogado de dictaduras, como Venezuela: “En su lugar – y esta es la causa de que las personas venezolanas crucen de manera irregular nuestras fronteras – el Gobierno se ha dedicado desde mediados de 2019 a obstaculizarles la migración regular. Así, en junio de 2019, les impuso el visto consular de turismo, lo que generó la crisis en la frontera y disparó las cifras de ingreso por paso no habilitado de los venezolanos, al punto que hoy es la nacionalidad que más porcentaje de ingresos irregulares representa.”

Por otro lado, José María Hurtado, abogado especialista en derecho laboral y migratorio, aclara que  “dado que la nueva ley no ha entrado en vigencia no se puede decir que ha sido beneficiosa o la migración ilegal se haya reducido, ya que las medidas que presentadas durante el último año y se han dado en el marco del antiguo Decreto Ley del año 1975”. Sin embargo,  añadió que “la Nueva Ley será beneficiosa para Chile, pues permitirá gestionar de mejor manera los flujos migratorios y evitar lo que ocurre hoy -que los extranjeros ingresen como turistas al país y dentro de él cambien su situación migratoria- impidiendo el control de flujos migratorios”. Además argumentó que  la nueva ley permite  realizar la solicitud de residencia desde fuera del país, a través de los consulados chilenos en el exterior, acción que la legislación actual no permite, “de esta forma se evitan shocks migratorios”,  dice Hurtado. 

De acuerdo a lo investigado por el Equipo de Factchecking.cl se concluye que la afirmación planteada por el presidente de la República respecto a la vigencia de la Ley de Migración y Extranjería no es creíble, ya que el Ministerio del Interior no ha publicado el reglamento que la norma exige para su implementación. Respecto a los beneficios de la nueva legislación, no hay consenso aún entre los expertos respecto a los efectos positivos.

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