Candidato Sebastián Sichel

Ley de Filiación

Clasificaciones de hijo legítimo, ilegítimo y natural provocaban discriminación en los ’90

“En los 90 había (sic) existían hijos legítimos, ilegítimos e hijos naturales, yo tuve dos de esas condiciones. Y había sectores de la derecha que creían que estaba mal, y estoy muy contento de que hayan cambiado de esa discriminación”, Sebastián Sichel.

En octubre del año 1998 se publicó en el Diario Oficial la ley 19.585 conocida también como Ley de Filiación. Un año después entró en vigor, lo que finalmente terminó con la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. 

Por Antonia Mundaca y Yirly Arriagada

En el Debate Anatel de este lunes 15 de noviembre, en el segmento de “Temas Sociales” el presidenciable Sebastián Sichel señaló que: “En los 90 había (sic) existían hijos legítimos, ilegítimos e hijos naturales yo tuve dos de esas condiciones. Y había sectores de la derecha que creían que estaba mal, y estoy muy contento de que hayan cambiado de esa discriminación”.

Los datos señalados en la frase son creíbles, ya que el año 1998 se publicó la Ley de Filiación que terminó con la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. Además, el candidato sí estuvo en esas dos clasificaciones.

Hijos legítimos, ilegítimos y naturales 

Hasta el año 1998, un hijo ilegítimo era el que nacía fuera del matrimonio y tenía la posibilidad de ser natural cuando obtenía el reconocimiento de alguno de sus padres, o de ambos. El hijo legítimo era el que nacía dentro del matrimonio.

Esas categorías se eliminaron una vez se aprobaron las modificaciones a la Ley de Filiación. Según el abogado de Familia contactado por el Equipo de Factchecking.cl, Sebastián Rojas Kock, el terminar con esta categoría llevó también a eliminar la discriminación que se generaba a través de estos conceptos.

“Si eras un hijo natural, inmediatamente se sabía que eras fruto de una relación extramarital; si eras hijo ilegítimo se sabía que tus padres te tuvieron antes de casarse, y eso aparecía en tus instrumentos y documentos públicos”, expresó Kock.

Por su parte, Soledad Lahr, abogada litigante en Derecho de Familia, está de acuerdo con que en cierta medida la discriminación bajó cuando se terminó esta categorización.

“Los llamaban huachos (a los hijos naturales e ilegítimos), porque no tenían reconocimiento, algunos estaban fuera del matrimonio y eran como mirados feo en el fondo”, explica. 

Pese a que se eliminó esta categoría puntual, hoy en día aún existe una categorización respecto a los hijos, están los matrimoniales y los no matrimoniales. La diferencia con la categorización anterior es que ahora cualquiera de estos hijos.

“Tienen los mismos derechos legales y tienen las mismas herramientas legales también”, puntualizó Lahr. 

Respecto a estos derechos legales, el abogado de Familia de la empresa MisAbogados, Francisco Fuentealaba, puntualiza que el cambio donde tiene más importancia es en el derecho sucesorio, ya que “los hijos ilegítimos recibían menor parte de la herencia de ese padre que de un hijo legítimo del matrimonio, la cuota hereditaria era mucho menor”.

Tomando en cuenta los dichos de los expertos y la información que aparece en la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN) sobre la Ley 19.585 o Ley Filiación, el candidato es creíble al afirmar que en “los 90 había (sic) existían hijos legítimos, ilegítimos e hijos naturales”.

Sobre si los sectores de la derecha creían que estaba mal formar parte de alguna de estas distinciones y ahora no, no es posible verificarlo, ya que forma parte de una opinión.

Sin embargo, el Equipo de Factchecking.cl buscó las discusiones en torno al proyecto de modificación de la ley y encontró que en general, se centró en dos ejes: los conceptos discriminan a los niños; los conceptos ayudan a que la familia sea conformada de la mejor manera posible. 

Un ejemplo de lo anterior, es lo planteado por el entonces senador Arturo Alessandri Besa del partido de derecha Partido Nacional.

«Este proyecto que, aparentando hacer justicia a algunos hijos, provoca injusticia a otros que provienen de padres que han cumplido con su deber de procreación dentro del matrimonio y, que en el fondo, pretende destruir la familia», dijo en su intervención. 

Otro fragmento revelador para conocer detalles de las posturas enfrentadas en la discusión de esta ley, es cuando el senador José Ruiz de Giorgio interpela a sus colegas diciendo: «No, Honorables colegas. No vamos a preservar la institución del matrimonio castigando a los hijos que nacen fuera de él, como tampoco vamos a preservar los valores de la patria castigando o atropellando los derechos de sus ciudadanos».

Sichel: Hijo ilegítimo y natural reconocido por la madre 

El candidato en su frase señaló que él tenía dos de las tres categorías que previamente se usaban para clasificar los niños que nacían dentro y fuera del matrimonio.

De acuerdo a la biografía de Sebastián Sichel, escrita por Rodrigo Barria, Sin Privilegios en el capítulo “Tranquilo Hijo, que no es tu papá”, el progenitor del candidato, Antonio Sichel, no se hizo cargo de él. Su madre, Ana María Ramírez se hizo responsable de su crianza, aunque contó con el apoyo de sus padres y de Saúl Iglesias, pareja de Ramírez, de quien usó su apellido durante 30 años.

El abogado Francisco Fuentealba, explicó a Factchecking.cl que “hijo legítimo e ilegítimo era si nacía fuera o dentro del matrimonio. Y los hijos naturales eran ilegítimos, pero que tenían reconocimiento por uno o ambos padres”. 

En el capítulo citado de Sin Privilegios se da a conocer que sus padres no estaban casados al momento de nacer, por lo que, tomando en cuenta la explicación de Fuentealba, sería un hijo ilegítimo. El que su madre se haya hecho cargo de él, muestra que era reconocido por ella, por lo que era al mismo tiempo un hijo natural.

 

Es creíble

En la frase dicha por el candidato Sebastián Sichel, hay dos datos:

  1. En los 90 existían las categorías de hijos legítimos, ilegítimos y naturales.
  2. El candidato Sebastián Sichel tenía dos de esas categorías.

Respecto al primer dato, se comprobó que hasta el año 1998 se hacía una diferenciación, que principalmente afectaba a los hijos en términos de derecho sucesorio (herencia). Las distintas categorías que existían eran las mismas que señaló el candidato: legítimos si nacían dentro del matrimonio, ilegítimos si nacían fuera del matrimonio y naturales si eran reconocidos aunque fueran ilegítimos. 

El segundo dato, se comprobó a través de la biografía del candidato, ya que en ella se señala que fue solo su madre (que no estaba casada con el padre biológico), la que lo crió, por lo que Sebastián Sichel, de acuerdo a la Ley 19.585 antes de ser modificada, el candidato era un hijo ilegítimo natural reconocido solo por la madre. 

Tomando en cuenta cada uno de los datos presentados en la frase, el Equipo de Factchecking.cl concluyó que la frase dicha en el Debate Anatel por Sebastián Sichel es creíble, ya que  se comprobó que hasta fines de los años ’90 existía la categorización legal de hijos naturales, legítimos e ilegítimos. También, como menciona el candidato y analizan los expertos consultados, era una ley que discriminaba económica y socialmente. Por último, al contrastar con las definiciones y afirmaciones de abogados, se concluye que Sichel sí formó parte de dos de las tres categorías de hijos.

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