Especial Plebiscito 2020

Plebiscito 2020

Casos activos no podrán votar, pero la cifra sería muy baja para afectar la legitimidad del proceso

“Este plebiscito tiene serios vicios de legitimidad. Como cuando el Fiscal Nacional dice que a las personas que están enfermas las van a perseguir con cárcel si van a votar”.  Jacqueline Van Rysselberghe, senadora UDI.

Si bien las declaraciones del Fiscal Nacional, a las que hace referencia la senadora, son verdaderas, expertos coinciden en que, en la actualidad, la cantidad de casos activos de covid-19 es muy baja para alterar la legitimidad del plebiscito.

Por Gustavo Araque

El 30 de agosto de 2020, la senadora por la 12ª circunscripción, Jacqueline Van Rysselberghe, afirmó en el programa “Pauta Libre”, emitido por La Red, que el Plebiscito 2020 tendría problemas de legitimidad. Para ejemplificar, comentó que el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, dijo que sancionarían a todas las personas contagiadas que fueran a votar

Dos días antes de las declaraciones de Van Rysselberghe, Abbott explicó en una entrevista para La Tercera que aquellos que fueran casos activos de covid-19 podrían ser penalizados si acudían a la consulta. “Si el Servel o la autoridad del Ejecutivo no adoptan medidas o no acuerden una fórmula especial para que estas personas puedan sufragar, vamos a tener que perseguirlos», sentenció.

Ratificación del Tricel

Tres semanas después de la entrevista, el 17 de septiembre de 2020, el Tricel confirmó mediante un fallo que personas certificadas como casos activos no podrán acudir a votar y serán perseguidas judicialmente en caso de hacerlo.

En el punto 7 dice: “este Tribunal advirtiendo que se ha producido, en la especie, un conflicto constitucional entre el derecho al sufragio y el derecho a la Salud, tiene la certeza que el Servicio Electoral ni la Justicia Electoral están dotados de competencia para obviar las normas sanitarias dictadas por el ministerio de Salud”. 

En otras palabras, el fallo del Tricel especifica que no es una prohibición directamente al derecho al voto. En el punto 2 se explica que una persona covid-19 positivo, estaría limitada de su derecho al libre desplazamiento y, por lo tanto, al del sufragio. No obstante, el documento asegura que no es “una decisión antojadiza o arbitraria del Servicio sino que es  en virtud del cumplimiento de un acto de la autoridad sanitaria, que limita su derecho constitucional de libertad de tránsito”. 

Legitimidad del proceso

El equipo de Factchecking.cl se comunicó vía correo electrónico con Rocío Lorca, abogada especializada en Ciencias Jurídicas y Sociales y actual académica de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. La experta explica que la legitimidad se puede definir como “la validez que tiene un acuerdo para aquellos que serán obligados por el mismo y, en una democracia, la validez depende de que, en la adopción del acuerdo, todos tengan una oportunidad para participar”. 

Según las cifras reportadas por el Minsal al 21 de octubre de 2020, hay un total de 13.565 casos activos en el país. Y el Servel señala, en su padrón electoral, que hay 14.791.476 integrantes de la ciudadanía habilitados para votar. 

Si se ponen en contraste ambas cifras y, se asume que todos los contagiados activos fueran electores, solo un 0,092% de las personas no podría ejercer su derecho al sufragio. Lorca concluye que la prohibición de este derecho a las personas contagiadas hace que la legitimidad no sea perfecta, pero aclara que el porcentaje de afectados por la medida es mínimo.

Fernando Atria, abogado constitucionalista y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, habló por videollamada con el Equipo de Factchecking.cl y coincide con Lorca: ¿Es razonable que las personas que están certificadas con coronavirus tengan una restricción respecto a su libertad de movimiento en condiciones de pandemia? La respuesta es sí”. 

Sin embargo, el experto señala que efectivamente la tensión entre los dos derechos –a la salud y al sufragio– podrían alterar la legitimidad, pero que es una cantidad mínima de afectados y es una situación extraordinaria justificada por el contexto.

Las declaraciones de Jorge Abbott y el fallo del Tricel confirman que personas covid-19 positivas que vayan a votar, serán perseguidas judicialmente. Sin embargo, los expertos consultados coincidieron en que la cifra de contagios activos es muy baja (0,092% del padrón electoral) para alterar la legitimidad del proceso. Por lo tanto, la afirmación de Jacqueline Van Rysselberghe es creíble, pero hay falta de contexto y omisión datos relevantes en la frase.

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